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Consumo regulará la publicidad dirigida a los menores de dulces, galletas, helados y bebidas calóricas

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El departamento encabezado por Alberto Garzón prohibirá la emisión en horario infantil de anuncios en televisión, radio, prensa escrita e internet de productos de confitería, pasteles, galletas dulces, zumos y helados.

_El departamento encabezado por Alberto Garzón prohibirá la emisión en horario infantil de anuncios en televisión, radio, prensa escrita e internet de productos de confitería, pasteles, galletas dulces, zumos y helados.

 

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha anunciado este jueves que su departamento regulará, a través de un real decreto, la emisión de publicidad dirigida al público infantil y adolescente menor de 16 años de alimentos y bebidas no saludables como son dulces, galletas, helados, bebidas calóricas y resto de productos alimenticios ricos en azúcares y grasas considerados nocivos para la salud por la Organización Mundial de la Salud.

 

 

Según Garzón, el sistema de autorregulación que lleva vigente desde 2005 se ha mostrado "insuficiente", tal y como muestran los datos de sobrepeso y obesidad que afectan a los niños y niñas españoles y de los que la publicidad es una de las causas. 

 

 

La regulación de esta publicidad dirigida a los menores de 16 años se empezará a aplicar en 2022. "Los menores son personas consumidoras vulnerables y tenemos la obligación de protegerles frente a la publicidad", ha señalado el ministro en una rueda de prensa junto a la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau. La alcaldesa de Barcelona también ha anunciado que su Ayuntamiento también medidas para combatir la sobreexposición de la población infantil a la publicidad de estos alimentos perjudiciales para su salud.

 

Garzón ha informado sobre algunos aspectos de la nueva normativa: se prohibirá la emisión de anuncios en horario infantil y afectará a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas destinados al público infantil. Asimismo, también se regulará la publicidad en televisión, radio, salas de cine, internet, redes sociales, webs o app móviles y medios impresos cuando los contenidos se dirijan a menores de 16 años.

 

El plan trazado por Consumo también contempla que las empresas podrán tener su propia autorregulación "siempre y cuando supongan un marco de protección superior al de la propia norma" señalan fuentes del departamento encabezado por Garzón.

 

Consumo apuesta por un marco regulatorio mínimo siguiendo así las recomendaciones de los organismos internacionales y asimilando la normativa española a la de países como Reino Unido, Portugal o Noruega. 

 

CINCO CATEGORÍAS DE PRODUCTOS

 

La normativa afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad a menores independientemente del contenido de nutrientes. La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados.

 

Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto.

 

 

AUMENTO DEL SOBREPESO INFANTIL

 

Uno de cada tres niños españoles presenta sobrepeso, según apuntan varios estudios. En concreto uno de ello, el estudio ALADINO 2019, relativo a niños y niñas de entre 6 y 9 años, refleja que un 40,6% tiene exceso de peso: un 23,3% está en niveles de sobrepeso y el 17,3% sufre obesidad.

 

En cuanto a la calidad de la alimentación de los menores, Consumo recuerda que el informe ALADINO 2019 detalla que un 76,2% de los escolares ha de mejorarla. En ese sentido, aunque ha aumentado el consumo de fruta respecto a años anteriores, solo un 20,1% de los escolares la consume habitualmente en el desayuno, mientras que los alimentos que deberían ser ocasionales tales como galletas, pasteles, bollería, batidos, néctares y golosinas se consumen incluso cuatro o más veces por semana.

 

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