Connect with us

Morón

Prohíben en horario nocturno la entrada o salida de camiones del matadero del Pantano por ruidos

Publicado

on

Un estudio acústico realizado por la Junta ha dejado sin excusas al equipo de gobierno municipal que ha decretado la prohibición de entrada, carga o descarga de camiones y vehículos de transporte entre las 23:00 y las 7:00 h. en Tomás Guerrero SLU.

  • _Un estudio acústico realizado por la Junta ha dejado sin excusas al equipo de gobierno municipal que ha decretado la prohibición de entrada, carga o descarga de camiones y vehículos de transporte entre las 23:00 y las 7:00 h. en Tomás Guerrero SLU.

 

Dos años después de los primeros escritos de denuncia de los vecinos afectados por ruidos y olores procedentes del aumento de la producción del matadero de la Barriada del Pantano, y sólo gracias a la organización vecinal  y a la presión social ejercida por ellos sobre el equipo de gobierno en defensa de sus derechos, a trancas y barrancas el Ayuntamiento de Morón cumple con la ley iniciando un expediente sancionador por ruidos contra la actual empresa gestora del matadero Tomás Guerrero y, entre otras cuestiones,  establece la prohibición de  entrada, carga o descarga de camiones y vehículos de transporte entre las 23:00 y las 7:00 h. 

 

Así, el pasado 17 de julio, precisamente un día antes de celebrarse el pleno ordinario de Julio donde se iba a tratar este tema a través de una moción presentada por la oposición, el Delegado de Medio Ambiente, Ignacio Cala,  recibía un informe técnico emitido por el Técnico de Medio Ambiente sobre las infracciones cometidas por la empresa y las medidas a tomar.

 

El Informe Técnico recaba otros expedientes sancionadores que tiene abiertos Tomás Guerrero S.L. relacionados con infracciones de carácter urbanístico y con  la contaminación por vertidos de aguas residuales contaminadas al alcantarillado municipal, y se centra principalmente en analizar el ensayo y el estudio acústico realizados por la Delegación Territorial de Sevilla de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

 

EL ESTUDIO ACÚSTICO

 

Del ensayo acústico, realizado el pasado 23 de mayo, se concluye que los niveles de ruido transmitido superan en +4 dBA y en +8,7 dBA los límites establecidos para horario nocturno, “por lo que se constata que, no solo hay un incumplimiento de las normas acústicas aplicable, sino que se produce, de acuerdo con el artículo 58 del Decreto 6/2012, una infracción tipificada como grave”, añade el Técnico de Medio Ambiente.

 

Asimismo  el Técnico municipal, en la exposición de su análisis, da la razón a los vecinos de una manera contundente.  “La relación anterior de los antecedentes expuestos demuestra que la denuncia formulada por los vecinos y colindantes a la industria, es fundada, que está fundamentada y que existe un perjuicio demostrable por diversos tipos de contaminación en sus viviendas y que el origen de esta afección por ruidos y olores está en la actividad de matadero de aves de la Avenida de Arahal nº 22. Se añade que los responsables del matadero no han cumplido con la obligación señalada de implementar medidas correctoras eficaces frente a los diversos tipos de contaminación, ni de acreditar su validez en los plazos previstos”.

 

 

SANCIÓN DE 12.000 € Y PROHIBICIÓN DE ENTRADA O SALIDA DE CAMIONES DE MADRUGADA

 

Probados los incumplimientos e infracciones medioambientales cometidas por la empresa, el Alcalde de Morón ha adoptado a través de decreto una serie de medidas propuestas por el Técnico de Medio Ambiente que no sólo pasan por imponer la máxima cantidad de 12.000 euros por una infracción grave en relación a la superación de los límites de ruido.

 

Y es que además de la sanción, y con el objeto de garantizar el descanso de los vecinos colindantes, el Consistorio ha establecido la prohibición de que se produzca la entrada, carga, descarga de camiones, o la realización y operaciones de mantenimiento, limpieza o manipulación de cargas entre las 23.00 horas y las 7.00 horas de la mañana.

 

 

SANCIÓN POR MODIFICIÓN SUSTACIAL DE LA ACTIVIDAD

 

En paralelo, otras de las medidas realizadas a propuesta del Técnico, se ha iniciado otro expediente sancionador contra la empresa por “Modificación sustancial de la actividad sin contar con la preceptiva autorización Ambiental”, imponiéndoles otra sanción de 12.000 euros por infracción grave

 

Este nuevo expediente conlleva dar traslado de las acciones emprendidas por el Ayuntamiento a la Delegación Territorial de Sevilla de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, informando a esta Administración de que el matadero sigue siendo un foco de contaminación acústica, de que no se aplican las medidas correctoras frente a la contaminación recogidas en las autorizaciones ambientales y de que ha sido informado de la obligación de tramitar una AAI, sin que conste en el  Ayuntamiento que se hayan iniciado los trámites para ello.

 

Asimismo se acuerda informar de la medidas tomadas al  Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla y solicitar de este órgano la información relativa a la producción de carne de aves en el matadero con el objeto de controlar la producción real del matadero.

 

Ante todas estas medidas a los afectados se les ha concedido un plazo de alegaciones de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, que fue firmada por el Alcalde de Morón el pasado 30 de julio de 2019.

 

 

 

 

 

Continuar leyendo
Publicidad